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CONTRATO DE LOCACIÓN TEMPORARIO : En la Ciudad Autonoma de Buenos Aires a ... días del mes de .... de 200.. entre ........................con DNI. Número ........con domicilio en la calle........, Araoz 2754 piso 4to de esta ciudad, en adelante "el Locador" por una parte, y ...........con DNI. Número ........con domicilio en la calle..............................., en adelante "el Locatario" por la otra, han convenido celebrar el presente contrato de locación temporario que se regirá  por las siguientes cláusulas y condiciones: Primera : El Locador cede en alquiler al Locatario el inmueble ubicado en la calle........................., de Mar de las Pampas, Villa Gesell, Provincia de Buenos Aires, por el período comprendido desde el día .............200.. a las 10 hs. hasta el ...........................a las 12 hs. inclusive, plazo definitivo e improrrogable de la locación, caso contrario el locatario indemnizará al locador por todos los daños y perjuicios ocasionados con la suma de Dólares estadounidenses Cien (U$S 100.-) por cada día que pase de la fecha convenida y hasta entregar la propiedad completamente desocupada. Segunda : El precio total convenido por dicha locación es de Pesos ............................................ El Locatario ha hecho un deposito de Pesos ............en .la cuenta numero..............., caja de ahorro, del Banco Francés el dia................., en concepto de seña y se compromete a completar el pago de la Locación el día .................. fecha en que toma posesión de la finca. El Locatario se obliga a no subarrendar el todo o una parte de la propiedad, a no transferir, ni ceder, ni vender este contrato, so pena de rescindirse el mismo. Tercera : En caso de que el Locatario no tomase posesión del inmueble dentro del período indicado precedentemente, quedará nulo este contrato y perdida la suma entregada, sin necesidad de intervención judicial alguna, pudiendo el locador disponer libremente de la propiedad. Cuarta : La finca motivo del presente se alquila en el estado en que se encuentra, con las comodidades y muebles que la hacen apta para el fin del presente, de acuerdo al Inventario que las partes firman "ad referéndum" de su verificación "in situ" en el acto de ingreso a la finca y que se tendrá como parte integrante del presente. Quinta : Los impuestos y contribuciones de la propiedad se hallan a cargo de el Locador, siendo la provisión de Gas a cargo del Locatario y la provisión del servicio de Luz a cargo de El Locador. Sexta : El Locador se obliga a entregar la finca en perfecto estado de uso y conservación, con todos sus ambientes limpios, artefactos sanitarios y herrajes en buen funcionamiento y el Locatario se obliga a devolverla en el mismo estado en que la recibe. Al finalizar el término de este contrato se practicará una revisión, tanto de la finca como del mobiliario, debiendo responder El Locatario por lo que faltare o hubiese deteriorado, a abonar su importe al precio corriente de plaza y abonando el importe que demandare la limpieza del inmueble locado si no se hallare en perfectas condiciones. Séptima : El Locador no asume responsabilidad alguna por los daños y perjuicios ocasionados por terceros o accidentes o catástrofes o robo o hurtos que pudieran producirse a El Locatario o familiares o terceros en la finca locada durante el plazo locativo. Así pues El Locatario recibe en óptimas condiciones situación que así lo acepta, firmando de conformidad el presente. Octava : Se deja expresa constancia que el presente es un contrato temporario pues la finca se alquila para ser ocupada por El Locatario hasta 6 personas como máximo (menores incluidos) con destino a turismo y descanso durante la temporada convenida. Novena : El Locatario acepta haber recibido las instrucciones para el correcto uso de la alarma, haciéndose responsables de las consecuencias producidas por el mal uso de la misma. Así mismo se compromete a desenchufar el televisor y el cable en caso de tormentas eléctricas, haciéndose responsable de los daños producidos al aparato si así no lo hiciera. Décima: EL LOCATARIO hara un deposito en garantia por pesos 500 en efectivo o cheque personal, que se devolvera al finalizar el contrato, pudiéndose descontar del mismo roturas que pudiesen producirse. Undécima: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, las partes acuerdan someterse a la justicia ordinaria de los Tribunales Civiles Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero judicial o extrajudicial alguno. En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en Mar de las Pampas a 24 días del mes de Marzo de 2005.-

Locador ______________________________________________________________ Locatario

 


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